Descripción de la ayuda
PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO 2026
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| OBJECTIVO |
Apoyar a las personas desempleadas que inicien su actividad empresarial como personas trabajadoras autónomas.
Existen dos líneas:
- Línea 1: ayuda para el inicio de la actividad económica y el mantenimiento del empleo como persona trabajadora autónoma.
- Línea 2: ayuda para sufragar los gastos de mantenimiento de la actividad por cuenta propia, equivalente a 12 meses del importe de la cuota reducida.
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| BENEFICIARIOS |
Personas que se den de alta como autónomas (o en un régimen equivalente por cuenta propia o mutualidad profesional) entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
Para a liña 1:
Requisito comunes (línea 1 y 2)
- Alta en el IAE.
- Desarrollo de la actividad en Galicia.
- Domicilio fiscal en Galicia antes de solicitar la ayuda.
- Inicio de la actividad antes de presentar la solicitud.
- Inscripción como demandante de empleo en el momento del alta como autónoma (en mutualistas: sin ocupación efectiva según vida laboral).
Línea 1 – Inicio de actividad:
- No haber estado de alta como autónoma desde el 17 de enero de 2021.
Línea 2 – Mantenimiento de la actividad
- Ser beneficiaria de la cuota reducida de autónomos en el momento de la solicitud.
- En el caso de personas socias o administradoras de sociedades (mercantiles, laborales o cooperativas), la sociedad debe ser de nueva creación, iniciando actividad desde el 30 de septiembre de 2025.
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| IMPORTE |
Máx. 7.000 €
La cuantía será:
a) 2.000 euros para personas desempleadas en general.
b) 4.000 euros en el caso de personas desempleadas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos, que no serán acumulables entre sí:
- Personas menores de 30 años.
- Personas desempleadas de larga duración (en paro 360 de los últimos 540 días).
- Personas desempleadas con discapacidad o en situación de dependencia.
- Personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social.
- Personas desempleadas con la condición de emigrante retornada.
- Personas desempleadas con la condición de extranjera.
- Personas mayores de 52 años.
La cuantía base correspondiente se incrementará en un 15 % en los siguientes casos:
- Si la persona incorporada es mujer.
- Cuando el centro de trabajo o el domicilio fiscal de la persona autónoma se encuentre en un municipio rural.
- Personas mayores de 45 años (excepto si se solicitó la línea para mayores de 52 años).
- Personas trans.
- Profesiones y oficios en los que la mujer esté subrepresentada, según informe del Instituto Galego das Cualificacións.
Estos cinco incrementos son acumulables, hasta un máximo de 7.000 €. |
| CONCURRENCIA |
No competitiva. Por orde de entrada y expediente completo. |
| COMPATIBLIDAD CON AYUDAS |
Esta ayuda es incompatible con:
- EMEGA 2026
- PROGRAMA NUEVA OPORTUNIDAD 2026
- CUALQUIER OTRA AYUDA POR LOS MISMOS CONCEPTOS Y FINALIDAD.
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| PLAZO SOLICITUD |
desde el 11.02.2026 hasta el 30.09.2026 |
Información e tramitación axuda:
Tlf: +34 601 544 514
@: info@dmsubvencionaxuda.com
Plazo de solicitud
11/02/2026 hasta 30/09/2026