| GASTOS SUBVENCIONABLES |
Son subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de diciembre de 2026.
A) PROMOCIÓN INTERNACIONAL
Incluye:
- Participación como expositores en ferias.
- Participación activa en otros eventos expositivos de carácter internacional.
- Misiones comerciales directas.
- Misiones comerciales inversas.
Costes subvencionables:
- Alquiler de espacios y/o stand, y servicios relacionados con la participación en la feria o evento, por ejemplo: derechos de inscripción, montaje y desmontaje de stand, alquiler de mobiliario y equipamiento, alquiler de equipos audiovisuales, participación en actividades paralelas organizadas en el marco de la feria; contratación de intérpretes, modelos o personal de apoyo.
- Gastos de envío de muestras sin valor comercial y de catálogos.
- Gastos de asistencia externa en destino para la elaboración de agendas de reuniones y la organización de las actuaciones anteriores.
- Gastos de intérpretes.
- Gastos de viaje y alojamiento: serán subvencionables los gastos de viaje correspondientes a un máximo de dos personas por empresa participante. Incluye: billetes de avión, tren, autobús, barco y desplazamientos internos necesarios para el desarrollo de la acción, incluidos los desplazamientos internos dentro del país.
- Alquiler de vehículos sin conductor. Se excluyen los gastos de taxi y VTC.
- Alojamiento en destino final, en régimen de alojamiento y desayuno, en la ciudad de celebración de la feria o evento expositivo o de la misión comercial, o en sus alrededores.
- Para misiones comerciales inversas son subvencionables los gastos mencionados. Incluye los desplazamientos internos en Galicia, gastos de intérpretes y alquiler de salas y espacios de trabajo.
B) COMPETITIVIDAD INTERNACIONAL
- Compra de espacios publicitarios e inserción de anuncios en medios de comunicación impresos o digitales, con difusión en el extranjero. Campañas realizadas dentro del plazo de ejecución del proyecto. No serán subvencionables los gastos de diseño y elaboración de las campañas.
- Compra de espacios publicitarios e inserción en catálogos en papel o digitales y/o páginas web de importadores/distribuidores en el extranjero.
- Gastos para la elaboración de catálogos en papel o digitales para su difusión en mercados extranjeros. Este gasto solo será subvencionable cuando esté vinculado a la ejecución de al menos una acción de promoción.
- Gastos de servicios de consultoría para la elaboración de documentos que incluyan la metodología enfocada a descubrir nuevos mercados internacionales para la empresa a través del estudio de la competencia en dichos mercados, tales como análisis de competidores, identificación de buenas prácticas, benchmarking funcional y similares.
- Gastos de servicios de consultoría para acciones de seguimiento de contactos o de clientes ya existentes en el extranjero, dirigidos a la consolidación del negocio y a la implantación promocional en destino.
- Gastos de consultoría, asistencia jurídica y técnica para la gestión de acuerdos comerciales internacionales, certificaciones, homologaciones y registros de marcas y patentes de productos y servicios para el extranjero, informes de libertad de operación (freedom to operate) u otros similares; adaptaciones del producto necesarias para su comercialización en el mercado de destino, así como asesoramiento para la logística internacional.
- Servicios para la traducción de documentación.
- Gastos de tasas específicas e inherentes a los servicios, siempre que estén relacionados con la actuación subvencionada y sean indispensables.
Gastos no subvencionables:
Costes de mailing, invitaciones, material de papelería, tarjetas, sobres, carpetas, listas de precios y cualquier material que no esté dirigido a fines promocionales, carteles, manuales de instrucciones, flyers, displays, productos de merchandising y otros regalos promocionales.
C) INTERNACIONALIZACIÓN DIGITAL Y E-COMMERCE
- Creación de nuevas tiendas online o adaptación de las existentes para promover la venta en mercados internacionales, así como el pago de cuotas para la introducción de los productos de la empresa en plataformas de comercio electrónico en el mercado objetivo. No se incluye el mantenimiento y actualización anual de la página web.
- Creación y adaptación de catálogos online para el marketing y las ventas en mercados electrónicos objetivo, tanto B2B como B2C.
- Campañas de inbound marketing internacional para lograr captar, retener, convertir y fidelizar usuarios de interés objetivo del negocio online.
- Soluciones de analítica y visualización de datos para elaborar cuadros de mando con indicadores (KPI’s) para el seguimiento y optimización de los canales de venta y marketing online.
COSTES INDIRECTOS
Son aquellos costes distintos de los costes directos subvencionables, que no pueden vincularse directamente a la actividad subvencionada, pero resultan necesarios para su realización. Incluyen los gastos administrativos (como gestión administrativa y contable), suministros (comunicaciones, agua, electricidad, calefacción, teléfono), seguros, mantenimiento o limpieza.
NOTA: Solo se podrá presentar y aprobar 1 solicitud por beneficiario. |